Biblioteca “Gilda di Crosta”
Ubicación Física: Ayacucho 1667 o después de las 21 hs: Av. Pellegrini 250 - S2002KZT Rosario - Santa Fe - Argentina.
Tel: (54) (0341) 4802641/42/43/44 (Interno 222).
Fax: (54) (0341) 4802643.
E-Mail: biblioteca@ips.edu.ar

Muestra El Patrimonio Intangible de la Universidad. Los Tesoros de las Bibliotecas

Reseña Histórica:

La Biblioteca "Gilda di Crosta", perteneciente al Instituto Politécnico Superior "Gral. San Martín", fue creada en el año 1964. En un principio funcionó en el Laboratorio de Electrónica contando con libros donados por la Facultad de Ciencias Exactas, Ingeniería y Agrimensura. Alrededor del año 1966 se traslada a su actual ubicación. Hasta fines del 2000, la biblioteca constaba con estantería cerrada al público en una sola planta, dividida en dos sectores bien diferenciados: uno de trabajo del personal bibliotecario con el ofrecimiento del servicio de préstamos incluido, y otro de sala de lectura, despejado de cualquier tipo de estanterías.
Años más tarde, con el aumento de su bibliografía y la diversificación de las demandas de usuarios, se proyectó el anexo de una planta alta para colocar los libros más antiguos (archivo) y la modificación de la distribución de los espacios, etc. pasando a tener estanterías abiertas. El espacio fue re-inaugurado en diciembre del año 2008. Actualmente cuenta con una sala de lectura más amplia y conectada físicamente. La Biblioteca trabaja desde entonces bajo la modalidad de referencia con el sistema de Estantería abierta, que permite el contacto directo entre el usuario y las colecciones teniéndose acceso a seleccionar los materiales que le son solicitados explícitamente junto a otros de su interés, ofreciendo la biblioteca de este modo la oportunidad de conocer alternativas de estudio aparte de su bibliografía requerida.
La biblioteca ofrece un fondo bibliográfico de más de 9900 libros (año 2019), clasificados seg&uaute;n áreas temáticas. En 1981 contaba con 5000 libros, mapas, revistas especializadas, apuntes y material audiovisual: proyector de películas, proyectores de diapositivas, diapositivas, microscopios y grabadores. A mediados del 2000 ya su acervo había pasado a tener más de 6200 libros, y los apuntes realizados por los docentes de los distintos departamentos se habían consolidado gracias también al área de "Publicaciones" que poseía el Instituto. Dicho acervo bibliográfico se incrementó por donaciones recibidas y gracias a la colaboració:n de la subcomisión de madres de la Asociación Cooperadora. Actualmente el número de obras bibliográficas nuevas crece especialmente gracias al aporte monetario del Ministerio de Educación de la Nación. De acuerdo a los distintos estándares para bibliotecas universitarias, se plantea el presupuesto base anual. Este tiene relación directa con la evaluación y acreditación de la calidad de la educación universitaria que realiza la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU): organismo creado con la finalidad de contribuir al mejoramiento de la educación universitaria y quien tiene como misión asegurar y mejorar la calidad de las carreras e instituciones universitarias que operan en el sistema universitario argentino.


Personal:
  • Encargados de Atención al Público y Préstamos Turno Mañana:
    • Claudia Ferrié
    • Bibliotecólogo Juan Varela
  • Encargados de Atención al Público y Préstamos Turno Tarde:
    • Alejandro Ferreyra
    • Andrea Roldán
  • Encargados de Atención al Público y Préstamos Turno Noche:
    • Lic. en bibliotecología y documentación Mariela Nadal
Procesos Técnicos:
  • Mariela Nadal
  • Juan Varela
Horario de atención:
  • Lunes a viernes de 7:30 hs. a 22 hs.

Funciones:
  • Recopilar toda la documentación existente en el Instituto, así como los materiales y recursos didácticos relevantes, independientemente del soporte.
  • Organizar los recursos de tal modo que sean fácilmente accesibles y utilizables.
  • Establecer canales de difusión de la información en el Instituto, contribuyendo a la creación de una fluida red de comunicación interna.
  • Difundir entre alumnos y docentes información para satisfacer necesidades curriculares, culturales y complementarias. Ofrecerles asistencia y orientación.
  • Constituir el ámbito adecuado en el que los alumnos adquieran las capacidades necesarias para el uso de las fuentes de información.
  • Colaborar con los docentes para la consecución de los objetivos pedagógicos.
  • Impulsar actividades que fomenten la lectura como medio de entretenimiento y de información.
  • Actuar como enlace con otras fuentes y servicios de información externos y fomentar su uso por parte de alumnos y docentes.

Misión y Objetivos:
  • Brindar apoyo al currículo de los distintos niveles de enseñanza del Instituto Politécnico Superior "Gral. San Martín".
  • Respaldar y realizar los objetivos del proyecto educativo del Instituto y de los diversos planes de estudio.
  • Fomentar en los distintos usuarios el hábito y el placer por la lectura.
  • Prestar apoyo a todos los alumnos en la adquisición y aplicación de la información.
  • Facilitar el acceso a los distintos recursos de la Biblioteca del Instituto así como a otras bibliotecas pertenecientes a la Universidad Nacional de Rosario.

Servicios que ofrece:
  • Sala de Lectura.
  • Estanterías Abiertas.
  • Referencia General y Especializada.
  • Bibliografías a pedido.
  • Préstamo de libros, juegos, mapas, publicaciones periódicas en sala de Lectura.
  • Préstamo de libros en sala de Lectura y a Domicilio.
  • Préstamo de Notebook en Sala.
  • Consulta en Catálogo Virtual de la UNR: http://bibliotecas.unr.edu.ar, tanto de libros de ésta Biblioteca como de las otras Bibliotecas de la UNR que se encuentran reunidos en esta Base de Datos on line.
  • Consulta de Bases Externas desde PCs de la UNR.
  • Acceso a la producción académica de la UNR a texto completo: https://rephip.unr.edu.ar.

Reglamento de la Biblioteca:
    CAPITULO I: Derechos y obligaciones del lector en la sala.
  1. Todo asistente a la sala de lectura de la Biblioteca podrá sacar de las estanterías (ya que son abiertas y los temas se encuentran reunidos) todo el material bibliográfico que crea necesario para su consulta.
  2. Al final de su consulta sólo debe dejarlos sobre su mesa de trabajo y entregar al personal de biblioteca la papeleta con su nombre, DNI y material consultado. El personal de Biblioteca es el encargado de guardarlo.
  3. En caso de no saber dónde se encuentra el material, cada lector podrá solicitar la ayuda del Bibliotecario, quien le indicará el lugar en la estantería según el tema del material que desee consultar. O los buscará en la Base de datos on line o le enseñará a usarla si el lector quiere hacerlo por motus propio.
  4. Los profesores y personal docente auxiliar, podrán retirar material durante las horas de clases y por el término que duren las mismas, dejando un documento y constituyéndose en los únicos responsables por la pérdida o deterioro de dicho material, como así también de su devolución a término.
  5. Quince minutos antes de la hora fijada para el cierre de la Sala, no se atenderán pedidos para fotocopias ni préstamos a domicilio.
  6. Los usuarios de Biblioteca deberán observar un comportamiento correcto.
  7. El Lector que solicite un libro y observe que está deteriorado o que le faltan hojas, deberá hacerlo notar al empleado de turno, para eximirse de responsabilidades.
  8. Cuando los Lectores consideren no haber sido atendido con corrección por los empleados, lo podrán comunicar por escrito a la dirección para la actuación correspondiente.
    CAPITULO II: Del préstamo de libros a domicilio.

  1. Toda obra consultada fuera de la Biblioteca, aún para hacer utilizada dentro de la Institución, será considerada préstamo a domicilio, por lo tanto nadie podrá autorizar su salida sin la firma del solicitante en la ficha o el formulario al respecto.
  2. Podrán beneficiarse con este préstamo:
    1. Profesores, personal docente y no docente, auxiliar y adscriptos a cátedra (mientras dure la adscripción) del Instituto.
    2. Estudiantes regulares del Instituto.
  3. El préstamo de libros a domicilio se efectuará sin excepción, previa inscripción del lector en el registro como alumnos o docentes en el horario establecido por la Biblioteca. Los interesados deberán presentar los siguientes requisitos:
    1. Docentes resolución para verificar si es personal de este Instituto o llamando a la “oficina de personal” para que confirme tal estado.
    2. Los alumnos de nivel secundario documentos y constatación de su condición de alumno regular si no se encontrara dentro de marco polo gracias a la migración anual desde alumnado.
    3. Y para los alumnos de nivel terciario, constatación de su condición de alumno regular y documento
  4. Ningún empleado está autorizado a prestar libros de la Biblioteca a otras personas sino son de esta área.
  5. Los Departamentos podrán retirar en préstamo material bibliográfico con destino uso en las horas de clases, para hacer reintegradas en el día.
  6. A los efectos de préstamo en domicilio, el material bibliográfico se otorgará normalmente por el término:
    1. Un día (ejemplares únicos)
    2. Dos días.
    3. 7 días, para libros de nivel terciario de uso moderado.
    4. 15 días (ejemplares literarios: cuentos, novelas, libros de nivel terciario de poco uso, etc.) Renovables por igual término cuando no hubiera sido solicitado por otro lector en ese momento. Las obras se podrán renovar, siempre y cuando no hayan sido reservadas por otra persona.
  7. Quedan exceptuados a domicilio en todos los casos:
    1. Las obras agotadas o en inminentes vías de agotarse, que serian imposibles reponer en caso de pérdida.
    2. Enciclopedias y diccionarios.
    3. Plan y Programas de estudios.
    4. Obras completas.
  8. La solicitud de renovación se hará en todos los casos personalmente.
  9. A la devolución del material a préstamo, el empleado visará si el material es devuelto en buenas condiciones como cuando se lo prestaron, sino es así será sancionado.
  10. En primera instancia, cualquier caso no previsto por el presente reglamento, en cuanto al préstamo de libros a domicilio, será resuelto por el bibliotecario, en función del tipo de material, de su uso, etc.
  11. En todos los niveles (secundario y terciario) se prestará hasta un máximo de 3 libros por lector.
    1. Específicamente, para el ciclo básico del nivel secundario, las tres obras, deberán corresponder a tres materias o temas diferentes.
    2. Para los últimos años del nivel secundario, donde los alumnos ya cursen una terminalidad específica, sí se podrá prestar libros del mismo tema si el alumno-lector así lo solicitase.
    3. Y para el nivel superior, las tres obras podrán ser de de igual o diferente materia-tema.
    CAPITULO III: De las Sanciones.

  1. Desde el momento que se recibe el material en calidad de préstamo, el lector es responsable por la pérdida, rotura, subrayado, dibujos, leyendas, o cualquier otro deterioro que sufriera la misma, debiendo en consecuencia proceder a su inmediata reposición. En caso de que la obra esté agotada, se solicitará al profesor de la especialidad que aconseje otra obra para su reemplazo.
  2. El lector que se negare a reemplazar el material deteriorado o perdido, no podrá gozar, en lo sucesivo, de los beneficios de la Biblioteca, sin perjuicio de que se tomen las medidas pertinentes. La Dirección dará cuenta a Vicedirección, quien ratificará la medida disponiendo la aplicación de sanciones pertinentes.
  3. Todo lector que no devuelva dentro de los plazos establecidos el material, será sancionado de la siguiente forma:
    1. Por primera vez, se le dará una advertencia verbal.
    2. Cuando la demora pase unos días de vencimiento, se suspenderá por igual término de DIA de atrasado. Esto se tomará como segunda medida.
    3. Cuando la demora se reitere y pase más de la cuenta se sancionará por treinta días, como tercera medida.
  4. La Dirección de Biblioteca enviará al Vicedirector correspondiente del IPS cuando el lector es reiterativo en la tardanza de devolución y la sanción ya haya pasado los límites.
  5. La Biblioteca realiza reclamos escritos, o por mail o llamados telefónicos, o por la red social que use el lector, de los préstamos atrasados.
  6. El Director de la Biblioteca dispondrá todo lo necesario a fin de que se de fiel cumplimiento al presente reglamento.
  7. Cualquier caso no previsto por el presente reglamento, ser´ resuelto por la Dirección ad-referéndum del Vice Director del IPS.
  8. El personal de la Biblioteca está obligado a cumplir en todos los casos el presente reglamento, cuya inobservancia le hará posible de las medidas disciplinarias correspondientes.


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